Ley de ingresos y Miscelanea Fiscal para el Ejercicio Fiscal

40 VI. ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS DEL ESTADODE TABASCOPARA EL EJERCICIO FISCAL 2023. La Ley de Ingresos del Estado de Tabasco para el ejercicio fiscal 2023, es congruente con los Criterios de Política Económica y con las disposiciones que emanan de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; la Ley General de Contabilidad Gubernamental; así como la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Tabasco y sus Municipios. La presente Ley se elabora con base en la estructura del Clasificador por Rubro de Ingresos (CRI), reformado por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2018. Rubros y conceptos que integran la Ley en cuestión y las acciones de fortalecimiento de ingresos propuestas: Ingresos Estatales Son recursos derivados de la aplicación de Ley de Hacienda del Estado de Tabasco, cuyo objetivo es financiar los servicios y obras públicas que requiere la población; así como los gastos de operación y administración generados por los entes públicos, órganos desconcentrados, entidades y cualquier otro ente análogo de la administración pública estatal. Esta recaudación comprende los rubros: Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos e Ingresos por Ventas de Bienes y Servicios, siendo los más importantes los dos primeros del orden, ya que son considerados para el cálculo de los coeficientes de las Participaciones Federales de la entidad.

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