Presupuesto de Egresos 2023

68 2023 PAQUETE ECONÓMICO Poder Ejecutivo habrá de publicarlos en el Periódico Oficial del Estado, para los fines legales y administrativos correspondientes, y realizará los ajustes que correspondan en el presupuesto. Las dependencias, entidades y órganos autónomos en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través del Ramo General 33, Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas, transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48 y 49, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal; 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud. Artículo 37. Los programas con recursos federales concurrentes, provenientes de convenios y transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, ascienden a $5,757,632,500, distribuidos de acuerdo a los Tomos I, II, III, IV y V. Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo se realizarán previa recepción y de conformidad con las disposiciones aplicables y los calendarios de gasto correspondientes de acuerdo a lo establecido en los Convenios y Reglas de Operación. Artículo 38. Las dependencias y entidades federales solo podrán transferir recursos federales al Estado y a los Municipios a través de las tesorerías correspondientes, salvo en el caso de ministraciones relacionadas con obligaciones del Estado o Municipios que estén garantizadas con la afectación de sus participaciones o aportaciones federales, en términos de lo dispuesto en los artículos 9, 50 y 51 de la Ley de Coordinación Fiscal, y los casos previstos en las disposiciones legales aplicables. Artículo 39. Las asignaciones previstas para los municipios del Estado importan la cantidad de $13,221,918,156.00 Artículo 40. Las Participaciones de la Federación se estiman en $30,737,518,138.00; de los cuales $8,057,476,576.00 corresponden al Fondo de Fomento Municipal, Fondo de Impuesto sobre la Renta y por concepto de la Descentralización de los Servicios Públicos Municipales. Artículo 41. Las Aportaciones a los municipios del Estado tendrán la distribución que se detalla en el Tomo I, de acuerdo a los conceptos previstos en la Ley de Coordinación Fiscal. Artículo 42. Se asignan recursos por un importe de $3,000,000.00 correspondientes a los programas destinados a la mitigación y adaptación para el cambio climático, información contenida en el Tomo I.

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