51 2023 PAQUETE ECONÓMICO órganos autónomos, quienes deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, perspectiva y transversalidad de género, transparencia, control y rendición de cuentas. Artículo 2. La asignación, ejercicio, seguimiento, control y evaluación del gasto público estatal para el Ejercicio Fiscal 2023 se realizará conforme a las disposiciones de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Tabasco y sus Municipios, y demás ordenamientos aplicables en la materia, sin detrimento de la observancia de la aplicación de la legislación federal cuando sea el caso, además de las contenidas en el presente Presupuesto. Será facultad de la Secretaría de Finanzas, de la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental y de la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, observar y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente Decreto, así como determinar las normas y procedimientos administrativos tendientes a armonizar, transparentar, racionalizar y realizar un mejor control del gasto público estatal. Artículo 3. Para efectos del presente Presupuesto se entenderá por: I. Adecuaciones Presupuestarias: Modificaciones a la estructura funcional programática, administrativa y económica, a los calendarios de presupuesto y las ampliaciones y reducciones al Presupuesto General de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes. II. Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS): Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones devengadas y pendientes de liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior, derivadas de la contratación de bienes y servicios requeridos en el desempeño de las funciones de los ejecutores de gasto, para las cuales existió asignación presupuestal con saldo disponible al cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron. III. Ahorro Presupuestario: Los remanentes de recursos del presupuesto modificado una vez que se hayan cumplido las metas establecidas. IV. Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos: Representa la cancelación mediante pago o cualquier forma por la cual se extinga la obligación principal de los pasivos contraídos por el Gobierno del Estado. V. Asignaciones Presupuestales: La ministración de los recursos públicos aprobados por el Congreso del Estado, mediante el Presupuesto de Egresos del Estado, que realiza el Ejecutivo Estatal, a través de la Secretaría de Finanzas, a los ejecutores de gasto.
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