Ley de ingresos y Miscelanea Fiscal para el Ejercicio Fiscal

99 siguiente año; en todos los casos, posterior a la acusación del impuesto, siendo en todo caso solidariamente responsables de este impuesto. Artículo 43. El impuesto se causará, liquidará y pagará conforme a la tasa del 3% sobre el importe total de los ingresos. Artículo 44. El pago del impuesto a que se refiere este capítulo, se efectuará bimestralmente, a más tardar el día 20 de los meses de: marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre; así como, de enero del siguiente año. Artículo 45. … I. a la IV. … V. Aceptar el pago de los honorarios que cobre por las actividades a que hace referencia este capítulo, mediante transferencia bancaria o tarjeta bancaria de débito o crédito, sin limitar a los usuarios que requieran sus servicios a recibir el pago exclusivamente en efectivo. Artículo 72. … I. a la VI. … VII. Por certificación de acta de defunción y matrimonio; 2.0 UMA VIII. a la XI. …

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