Anexo Estudio Actuarial

XII Pensión por invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional Requisitos de otorgamiento Sin requisito de edad o años de cotización al Instituto. Beneficio Pensión equivalente al 100% del último sueldo que haya disfrutado el asegurado. Gratificación anual Equivalente a 85 días, según la cuota diaria de su pensión. Pensión por invalidez por otras causas Requisitos de otorgamiento El trabajador debe haber cotizado al Instituto un mínimo de quince años. Beneficio La cuantía definida de la pensión por invalidez se determinará conforme a lo siguiente: Años de servicio Porcentaje del último sueldo 15 55% 16 58% 17 61% 18 64% 19 67% 20 70% 21 73% 22 76% 23 79% 24 82% 25 85% 26 88% 27 91% 28 94% 29 97% 30 100% Gratificación anual Equivalente a 85 días, según la cuota diaria de su pensión.

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