Tomo III Organismos Descentralizados

ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tabasco MISIÓN: Conocer de los conflictos laborales entre las personas trabajadoras y patrones en el Estado de Tabasco y prestar el servicio público de conciliación laboral para la resolución, antes de presentar la demanda ante la instancia legal correspondiente, procurando el equilibrio entre los factores de producción, ofreciendo a estos una instancia eficaz y expedita. OBJETIVOS: Instrumentar de forma eficaz los lineamientos que emita la Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, que se relacionen con la conciliación laboral. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACCIÓN INSTITUCIONAL: Gestionar los recursos presupuestarios necesarios para ejecutar la transición de los temas laborales hacia el nuevo sistema de justicia laboral. Abatir el rezago de los expedientes pendientes de conflictos laborales, con base en el fortalecimiento del personal que labore en esas áreas. Implementar la transición jurídica, organizacional y presupuestaria que implica ser organismo descentralizado una instancia prejudicial en materia laboral. Privilegiar la cultura de la conciliación y la justicia alternativa en la atención y resolución de los conflictos laborales entre los patrones y trabajadores privados y públicos, en aras de cumplir con los objetivos del nuevo sistema de justicia laboral. Promover la capacitación continua del personal que labora en el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tabasco, en materia de conciliación de conflictos y mecanismos de justicia alternativa, en aras de adecuar sus servicios a los retos de implementación del nuevo sistema de justicia laboral. PRINCIPALES PROGRAMAS Y PROYECTOS: E089.- Conciliación Laboral.- Comprende toda actividad realizada para la prestación del servicio público de conciliación laboral cuya finalidad es mantener el equilibrio entre los factores de producción, ofreciendo a trabajadores y patrones una instancia eficaz y expedita en cumplimiento del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal del Trabajo. Brindar apoyo y orientación en materia jurídica y sobre el proceso conciliatorio para obreros y patrones con el objetivo de alcanzar entre ellos soluciones expeditas y satisfactorias a los conflictos derivados de su relación laboral en el Estado. Formar, capacitar y evaluar a los conciliadores para su profesionalización mediante la implementación del Servicio Profesional de Carrera. Proporcionar asesoría jurídica de manera gratuita sobre derechos laborales y los plazos de prescripción de los mismos, así como respecto de los procedimientos de conciliación y jurisdiccionales para solucionar los conflictos laborales. Certificar los convenios de conciliación entre personas trabajadores y patrones, así como certificar el cumplimiento a los mismos. PERSPECTIVA DE GÉNERO: Institucionalizar la perspectiva de género tanto en los procesos de conciliación laboral como en la cultura institucional, para avanzar en la equidad de género y combatir el sexismo que aún prevalece tanto en el espacio laboral como en el ámbito institucional. Contar con el servicio de asesoría y apoyo técnico – metodológico para la incorporación de perspectiva de género en los procesos y acciones de conciliación laboral, con el fin de transformar e impulsar cambios de actitudes, pensamientos y formas de ser de los hombres y las mujeres para promover la equidad e igualdad de oportunidades entre ellas y ellos. ACCIONES MÁS RELEVANTES: Corregir las irregularidades resultantes entre trabajadores y patrones, mediante acciones de conciliación, fortaleciendo el respeto irrestricto a los derechos laborales. Establecer relaciones de colaboración con los organismos jurisdiccionales en materia de conciliación laboral, con las procuradurías de la defensa de los trabajadores y de los servidores públicos, con pleno respeto a sus decisiones y a la vida administrativa de cada uno de esos órganos. 1035

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