ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA Secretaría de Salud Para la atención de pacientes referidos en los 17 municipios y fortalecer la red hospitalaria del Estado, se designó el programa E045 Atención Médica Especializada de Segundo Nivel, impulsando el acceso efectivo y universal de la población a los servicios de salud con apoyo de diagnóstico a quienes requieren niveles de atención de mayor complejidad, la que se garantiza a través del sistema de referencia y contra referencia a los hospitales, para el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos del paciente. El programa E046 Atención Médica Especializada de Tercer Nivel, tiene la finalidad de impulsar el acceso efectivo y universal de la población a los servicios de salud, a través de un sistema centrado en las personas, basado en la calidad y el trato digno, enfocado en la prevención respetuoso de la diversidad cultural y en donde se garantice el uso eficiente y transparente de los recursos disponibles; para el ejercicio presupuestal 2022, con los recursos asignados tendrá acceso la población sin seguridad social a la atención médica especializada en los 5 Hospitales Regionales de Alta Especialidad, proporcionando atención medica curativa de las enfermedades de mediana y alta complejidad, así como la rehabilitación de los individuos afectados, con apoyo de auxiliares auditivos y visuales. El programa E047 Operación del Programa de Urgencia Prehospitalarias tiene como finalidad otorgar atención médica prehospitalaria oportuna a los pacientes que lo requieran en el sitio del incidente, el cumplir y organizar las demandas de la población y responder en forma inmediata a la solicitud de atención para pacientes en condiciones de urgencia médica calificada, garantizando el traslado en unidades móviles tipo ambulancia y asegurar su ingreso a una unidad médica para su tratamiento integral. El programa G005 Protección Contra Riesgos Sanitarios está asignado para las actividades que se realizan en materia de regulación sanitaria de bienes y servicios, productos naturales y procesados que ponen en riesgo la salud de la población y que merecen de una vigilancia estricta para asegurar a la población una vida larga y saludable. Para considerar todas las actividades destinadas a la obligatoriedad de las resoluciones jurídicas dictaminadas por las instancias competentes en el programa L001 Obligaciones Jurídicas Ineludibles. Y el programa P016 Rectoría en Salud, es con la finalidad de fortalecer la promoción de políticas nacionales y estatales de los programas para la Prevención y Control de las Enfermedades y Riesgos a la Salud. Considerando a estos programas de gran importancia para esta dependencia se estimó una proyección para el ejercicio 2022. PERSPECTIVA DE GÉNERO: La perspectiva de género en la salud pública integra las diferentes necesidades de la mujer y del hombre en todas las fases del desarrollo de políticas y programas. El objetivo fundamental es lograr la igualdad de género. Con esta perspectiva de género incorporada en la salud pública se influye en los factores sociales, culturales y biológicos en los resultadlos sanitarios, para mejorar la eficiencia, cobertura y equidad de los programas. Los brotes de enfermedades afectan a las mujeres y los hombres de manera diferente, y las pandemias exacerban las desigualdades existentes entre las mujeres y las niñas, lo mismo que la discriminación en contra de otros grupos marginados como las personas con discapacidad y aquellas en situación de pobreza extrema. Es importante tomar en cuenta lo anterior considerando los impactos diferenciales asociados con la detección y el acceso a tratamiento para las mujeres y los hombres, lo mismo que con su bienestar en general. Un enfoque de género en salud se diferencia de un análisis puramente enfocado en el sexo (centrado en diferencias biológicas) ya que busca identificar las diferencias sociales y culturales experimentadas por mujeres, varones y otras identidades, y el impacto que tienen en su relación con la salud. Así, mientras el sexo puede indicar diferentes factores de riesgo o la necesidad de otro tratamiento frente a una misma patología, el género puede determinar diferente posibilidad de acceso a la atención sanitaria, adherencia a tratamientos o impacto de los determinantes sociales y económicos de la salud. Dando continuidad al Programa Sectorial de Salud 2019-2024 en el cuál se determina impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género en la planeación, programación y evaluación de las líneas de acción de los programas y /o servicios de la jurisdicción/unidad de salud correspondiente; a fin de implementar acciones que favorezcan la eliminación de la desigualdad entre mujeres y hombres, para avanzar con ello, hacia un cambio cultural, organizacional, libre de violencia y discriminación, en beneficio del personal de salud y de la población usuaria. Así como también el promover y garantizar el acceso de servicios de salud sexual y reproductiva, desde una perspectiva de derechos humanos, de género y con énfasis en adolescentes y jóvenes. ACCIONES MÁS RELEVANTES: Garantizar la suficiencia e intercambio de los recursos materiales y humanos para la salud intra e interinstitucional que permitan mejorar la capacidad resolutiva de las unidades médicas en cada una de las regiones operativas del estado; vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas relativas a la prevención para el control de las enfermedades y que constituyen un problema de salud pública en la población infantil, adolescente, adulta y adulto mayor; mejorar el Programa Estatal para el Control de las Enfermedades Trasmitidas por Vector; desarrollar el modelo de atención odontológica especializada, a través de las redes de servicio que favorezcan el sistema de referencia y contra referencia, para limitar el daño de enfermedades y alteraciones de la cavidad bucal, que por su complejidad no completen el primer nivel de atención; redireccionar los recursos financieros para garantizar el abasto suficiente y oportuno de los insumos médicos, de material e insumos de Laboratorio Clínico y Profesional de Enfermería; otorgar el servicio de consulta general y registrar la información en los formatos establecidos; definir las funciones del personal de la brigada de atención 557
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