DECRETO PRESUPUESTO DE EGRESOS

18 DE DICIEMBRE DE 2020 PERIODICO OFICIAL 14 conservar la fortaleza de las finanzas públicas. En este sentido, el paquete económico que se presenta es congruente con las demandas de la población tabasqueña y con base en los ingresos presupuestarios previstos para 2021. De conformidad con lo establecido en los artículos 5 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios , y 13 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Tabasco y sus Municipios , se presentan: I. Objetivos anuales, estrategias y metas; II. Proyecciones de finanzas públicas, considerando las premisas empleadas en los Criterios Generales de Política Económica, y que abarcan un periodo de cinco años en adición al ejercicio fiscal en cuestión; III. Descripción de los riesgos relevantes para las finanzas públicas, incluyendo los montos de deuda contingente, acompañados de propuestas de acción para enfrentarlos; IV. Los resultados de las finanzas públicas que abarcan un periodo de los cinco últimos años y el ejercicio fiscal en cuestión; y V. Un estudio actuarial de las pensiones de los trabajadores, el cual como mínimo debe actualizarse cada tres años. Los anteriores segmentos están conformados de acuerdo a los criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios , emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). 1.2.1. Objetivos Anuales El año 2021 será de importantes retos económicos, por lo que es imprescindible administrar los recursos disponibles con disciplina y optimizar los recursos humanos, materiales y financieros. La presentación de este proyecto de presupuesto refleja el esfuerzo de esta administración por abarcar más acciones, reorientando el gasto de manera eficiente para lograr presupuestos sostenibles en el largo plazo. La asignación presupuestal de esta iniciativa, se ha elaborado siguiendo la política transversal de igualdad, que permitirá a los entes ejecutores del gasto establecer acciones a favor del empoderamiento de las mujeres, la atención a niñas, niños y adolescentes, la prevención social del delito y la atención a los Objetivos del Desarrollo Sostenible . En este sentido, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes , se incorporan en este presupuesto, las mejoras a los anexos transversales a través de la asignación de recursos a programas presupuestales con perspectiva de niñez y adolescencia como lo requiere el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).

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